Aclaraciones a la hostelería de Castilla-La mancha en su paso a Nivel II

Bajo el título “La hostelería de Castilla-La mancha pasa a Nivel II de medidas para la contención del covid-19”, en el día de ayer se envió en a los asociados la circular 12/2021.

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Publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de hoy la Resolución de 20/02/2021 de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y, la vista de su texto es preciso señalar lo siguiente:

Se confirma que salvo Casarrubios del Monte, Fuensalida, Noblejas, La Puebla de Montalbán, Santa Cruz de la Zarza, Torrijos y Valmojado, todas las localidades de la provincia de Toledo pasan a al NIVEL 2 de medidas para la contención del COVID-19.

Las medidas reflejadas en este documento se aplicarán desde el día de hoy domingo 21 de febrero por un plazo de diez días, pudiendo ser prorrogadas en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.

Las medidas de NIVEL 2 en el ámbito de la hostelería son las mismas que las indicadas en la circular 12/2021 y, de forma resumida reiteramos: 

  • El horario máximo de cierre será a las 22:00 horas.
  • Supresión del servicio de barra. 
  • Aforo del 50% en los interiores. 
  • Aforo del 75% en terrazas1 .
  • Ya no es obligatorio guardar una distancia de 2 metros entre silla, sino simplemente la habitual de 1,5 metros entre mesas. 
  • Prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas.
  • Los grupos de personas no podrá ser superior a seis personas, salvo que se trate de convivientes.
  • El servicio de comidas para recoger en el propio local deberá haber concluido a las 22:00 horas.
  • Como quiera que la citada Resolución no regula lo relativo servicio de comidas para reparto a domicilio, se debe de aplicar la norma general2 y, por tanto el establecimiento y, aun estado cerrado, podrá recibir pedidos hasta las 00:00 horas, prepararlos y servirlos hasta como máximo las 01:00 horas. 
  • El aforo en bodas, comuniones y bautizos en establecimientos de hostelería está limitado a 100 personas en exteriores y 50 en interiores. Cuando el evento se celebre en otro lugar no podrá superar un máximo de 6 personas.
  • Hoteles: 75% de su capacidad máxima y 50% de aforo en zonas comunes.
  • Cursos, congresos y seminarios con un máximo de 30 personas.

NOTA: Se entiende por espacio al aire libre (terraza) todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos

Toledo a 21 de febrero de 2021.

Asociación de Hostelería y Turismo de Toledo

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